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LEY DE PROTECCIÓN INFANTIL

De acuerdo con la Ley 679 de 2001 y Ley 1336 de 2009, mediante la cual se dictan disposiciones para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad, de conformidad con lo establecido en dichas leyes, todas las personas deben prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad.

En desarrollo de lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 679 de 2001 CASA TONA HOTEL BOUTIQUE advierte al turista que la explotación y el abuso sexual de menores de edad en el país son considerados como delitos y por tanto sancionados penalmente.

En virtud del Decreto 3840 de 2009, Casa Tona Hotel Boutique ha adoptado un modelo de “Código de Conducta”, que promueve políticas de prevención y evita la utilización y explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística.

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